domingo, 15 de julio de 2007
Alcance de la Responsabilidad Penal
La responsabilidad profesional en que puede recaer el Ingeniero en Informática en el desempeño de su cometido profesional es de tres clases:
a) Penal: por delitos y faltas que se cometan en el ejercicio de la profesión, según las normas penales vigentes.
b) Civil: cuando actuando con mala fe ,negligencia o impericia inexcusable causen daños en los intereses de un cliente (retrasos en la ejecución del trabajo encomendado, actividad inoportuna o inadecuada).
c) Disciplinaria: cuando infrinjan deberes estatutarios de la profesión o normas de ética profesional.
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